5 mil poblanos presos sin castigo

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5 mil poblanos presos sin castigo


Hasta agosto de este año Puebla contabilizó un total de 7 mil 470 personas privadas de libertad (PPL)Sin embargo, sólo 2.234 de ellos, es decir, sólo el 29,87 por ciento, Tuvieron un veredicto de culpabilidad emitido por un juez, que puso en riesgo legal a más de 5,000 poblanos.

Según los expertos, La falta de sentencias judiciales genera inseguridad jurídicaafecta la percepción de la justicia y viola los derechos humanos fundamentales.

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Además, El hacinamiento carcelario está empeorandoporque bajo la ley mexicana, el caso no debe permanecer sin resolver durante más de un añoexcepto en expedientes de investigación que tengan más de 20 testigos y cuando existan demasiadas pruebas que deban agregarse.

De acuerdo a “Cuaderno mensual de datos estadísticos nacionales sobre centros penitenciarios”Para agosto de 2024, Puebla tenía un total de 7 mil 470 personas privadas de libertad, principalmente del Centro de Reinserción Social (San Miguelcon 3.326 presos.

Índice
  1. ¿Cuántos presos hay en las cárceles de Puebla?
  2. El cumplimiento de la pena no debe durar más de un año.
  3. La falta de juicio genera incertidumbre y vulneración de varios derechos fundamentales

¿Cuántos presos hay en las cárceles de Puebla?

Seguido por 669 en Tehuacán662 pulgadas Tepexi de Rodríguez576 pulgadas La ciudad de Serdán. (mujer), 453 en la Regional San Pedro Cholulsobre el resto en diferentes Centros distritales, regionales y Centro Temporal para personas mayores privadas de libertadque registró 327 personas.

El informe tiene un apartado sobre "personas perseguidas"ya sea bajo jurisdicción común o jurisdicción federal, el primero se ocupa de los delitos a nivel estatal o localmientras que la jurisdicción federal es responsable de los delitos que cruzan las fronteras estatales y se consideran de interés nacional. De las 7.470 personas en prisión5.907 fueron imputados conforme al derecho consuetudinario y los otros 550 conforme a la ley federal.

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En el caso de San Miguel, que es el de mayor número de habitantes, de 3 mil 326 reclusos, 3 mil 13 son de jurisdicción común, y de este númerosólo 1.014 tienen multa (30,5 por ciento). En lo que respecta al fuero federal, hay 550 personas, pero sólo 178 han sido condenadas..

En la misma situación se encuentra Tehuacán, ya que De los 669 reclusos, 634 estaban sujetos a procesos de fuero común y el resto eran federales.. De los que se encuentran en la jurisdicción conjunta, 280 de ellos ya cuentan con sentencia (44,1 por ciento), y sólo 19 han sido condenados en segundo proceso.

Tepexi de Rodríguez continúa con esta dinámicaDe los 662 detenidos, 279 personas fueron sentenciadas bajo jurisdicción común y 19 bajo jurisdicción federal. Mientras había 576 mujeres privadas de libertad en el penal de mujeres de Ciudad Serdánsólo 196 tienen sentencia de un tribunal general y 20 tienen una sentencia de un tribunal federal.

Cabe señalar que el informe también encontró que Ceresos estaba superpoblado.como el barrio de Tepeaca, porque tiene sólo 90 bancas, pero hoy hay 104 ZPN; El de Acatlán tiene 58 plazas y 85 personas.. El de Tehuacán tiene 500 plazas y atiende actualmente a 669 reclusos.

Además, Huejotzingo, porque oficialmente tiene 117 escañospero en sus instalaciones hay 253 detenidos; Libre tiene 34 plazas y alberga a 69 detenidos; y el de San Pedro Cholula, que reporta 159 plazas pero alberga a 453 personasconvirtiéndose en el que tiene más ingredientes. San Miguel no está en la lista de exceso de capacidad.

El cumplimiento de la pena no debe durar más de un año.

En entrevista para este medio, El abogado Christian A. Arellano López dijo que las sentencias extrajudiciales generan múltiples problemastanto a nivel jurídico como social. Dijo que la falta de un castigo claro crea un vacío legal que dificulta la justicia. Esto no sólo afecta al individuo en cuestión, sino que también socava la confianza en el sistema de justicia..

La ausencia de una decisión judicial priva a las víctimas de justicia. Esto puede provocar sentimientos de abandono y frustración.lo que afecta su bienestar emocional y psicológico.

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La privación prolongada de libertad sin un procedimiento claro puede contribuir a aumentar el hacinamiento en las instituciones penitenciarias (como se muestra arriba). Esto a su vez empeora las condiciones de detención, Crear un entorno que viole los derechos humanos y favorezca la violencia.así como el hacinamiento.

Explicó que, En el ordenamiento jurídico mexicano existen ciertas excepciones que pueden justificar un retraso en la sentencia.. Algunos de ellos son si el caso involucra muchos elementos, pruebas complicadas o un gran número de testigos.

También si alguna de las partes interpone recurso de apelación o amparopuede prolongar el proceso judicial. Asimismo, la sobrecarga de trabajo en los tribunales i La falta de recursos humanos puede afectar la velocidad de las sentencias.

En cuanto al tiempo establecido por la ley mexicana, El Código Procesal Penal Nacional establece que el plazo de condena debe ser razonable y generalmente se espera que se resuelva en un plazo no mayor a 180 días (seis meses) después de la audiencia. Sin embargo, En casos complejos, como se mencionó, este plazo puede ampliarse y las circunstancias específicas del caso pueden afectar la duración del proceso..

Enfatizó que el principio de “justicia rápida y expedita” es fundamental en el sistema de justicia mexicanoy cualquier retraso injustificado puede ser impugnado.

La falta de juicio genera incertidumbre y vulneración de varios derechos fundamentales

por su parte, Alejandra Acevedo, activista que apoya a las mujeres en prisiónDijo que la falta de convicción no sólo genera incertidumbre, pero también fomenta la vulneración de varios derechos fundamentalesincluido el derecho a la presunción de inocencia y acceso a programas de reintegración, así como a la justicia.

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"El principio de presunción de inocencia, garantizado por el artículo 20 de la Constitución en México, establece que toda persona debe ser tratada como inocente hasta que se demuestre lo contrario. Sin embargo, al mantener a una persona en prisión sin sentencia, se viola este principio, ya que la persona permanece privada de libertad por mucho tiempo sin que haya una decisión judicial firme."afirmó.

Agregó que, En muchos casos, los PPL que no han recibido sentencia se encuentran en prisión preventiva. Este tipo de detención debería ser una medida de último recurso, pero en la práctica, en México, Es muy común que se extienda por períodos más largos.. Esto va en contra de lo establecido en el Código Procesal Penal Nacional, donde se prescribe que la prisión preventiva debe ser excepcional y bien explicada.

Finalmente, Las personas privadas de libertad sin sentencia pueden enfrentar restricciones para acceder a programas de reintegración social, trabajo o educación dentro del sistema penitenciario.. Muchos de estos programas están diseñados para personas que ya han sido condenadas, que deja fuera a quienes esperan juicio o sentencia.

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“Sin una sentencia firme, los presos no pueden ejercer derechos importantes como un recurso de apelación o un pedido de amparo para revisar su caso. "Retrasa su acceso a la justicia y prolonga su estancia en prisión".concluyó.


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